El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha avalado la legalidad el Decreto 358, de 9 de noviembre, del Gobierno de Canarias, por el que se dispuso la suspensión, para un ámbito territorial concreto, de la vigencia del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria y del Plan Territorial Especial del corredor de Transporte público con infraestructura propia y modo guiado entre Las Palmas de Gran Canaria y Maspalomas (en adelante, el PTE-21). Este Decreto, dicato al amparo del art. 47 del derogado Decreto Legislativo 1/2000, tiene por objeto viabilizar la ordenación de una equipamiento turístico complementario en dicho ámbito (El Siam Park),y se aprueba una norma cautelar transitoria que garantice el trazado ferroviario en el municipio de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria).
Con esa suspensión se pretende viabilizar el Plan de Modernización, Mejora e incremento de la competitividad (PMMI) en el ámbito del Veril, posibilitando la impantación del parque acuático Siam Park promovido por la mercantil Loro Parque.
El artículo 47 del Decreto legislativo 1/2000 decía que “1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad
Autónoma podrá suspender motivadamente la vigencia de cualquier instrumento de ordenación para
su revisión o modificación, en todo o parte, tanto de su contenido como de su ámbito territorial. El acuerdo de suspensión se adoptará a propuesta del Consejero competente en materia de ordenación y urbanística y a iniciativa, en su caso, de los Cabildos Insulares o de las Consejerías competentes en razón de su incidencia territorial y previos informe de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias y audiencia del Municipio o Municipios afectados”.
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